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Impuestos compraventa vivienda a tener en cuenta



Si tienes un piso en propiedad que deseas vender, nuestro consejo es que te pongas en manos de los mejores profesionales del sector inmobiliario. Se tiende a creer que vender una vivienda es algo muy sencillo, pero es una creencia errónea. Prácticamente todos los particulares que tratan de vender por sí mismos su casa terminan contratando los servicios de una agencia inmobiliaria.  

Son muchos los trámites a realizar, y solo un profesional puede llevarlos a cabo de forma adecuada. En Invermax nos ocupamos de absolutamente todo en la venta de de tu piso, pero nos gusta que nuestros clientes estén informados, así que estos son los impuestos de compraventa que hay que tener en cuenta.  

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 

La normativa vigente indica que en el IBI del año en curso debe pagarlo el propietario de la vivienda a día 1 de enero. Por lo tanto, si vendes tu casa el día 9 de marzo y el recibo del IBI lo pasan el día 15 de septiembre, no será el comprador quien deba pagarlo, sino tú. Ahora bien, en muchos casos comprador y vendedor llegan a un acuerdo, y cada uno de ellos paga la parte proporcional al tiempo que ha tenido el piso en propiedad. 

Plusvalía municipal 

La plusvalía municipal se paga en los 30 días hábiles posteriores a la venta del inmueble. Un impuesto que tiene carácter municipal, de forma que depende del Ayuntamiento de la localidad en la que esté situada la vivienda. La cuantía monetaria se calcula en base al valor catastral del inmueble y el número de años que se ha tenido en propiedad. Es la Administración local la que realiza el cálculo, de acuerdo a la Ley Reguladora de la Hacienda local. 

IRPF 

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter estatal, y sólo tienes pagar si has obtenido un beneficio económico con la venta del piso. Es decir, si has vendido la casa por más dinero del que la compraste en su día. Si en cambio has tenido una pérdida con la operación de compraventa, no tienes que abonar el tributo, aunque debes presentar igualmente la declaración. 

Si has vendido tu casa y has utilizado el dinero para la compra de otra vivienda, puede que no tengas que pagar el IRPF, incluso si has obtenido una ganancia con la venta. Ahora bien, hay una serie de requisitos. 

En primer lugar, la vivienda vendida tiene que ser la habitual. Esto es, debes haber residido en ella al menos tres años de forma continuada. Puedes acogerte al beneficio fiscal si justificas alguna causa, como un traslado laboral.  

Y, en segundo lugar, el tiempo que tienes para hacer la reinversión es de dos años, y para que la reinversión sea total debes destinar todo el dinero que has obtenido en la venta en la compra de la nueva casa. Si vendes la casa por 195.000 y compras una por 170.000, deberás tributar por 25.000 euros, la parte de la cantidad no reinvertida.  

Por lo tanto, a la hora de vender tu casa no sólo vas a recibir dinero y obtener un beneficio económico. Esta operación inmobiliaria también conlleva una serie de gastos que es importante conocer de antemano. En Invermax somos una agencia inmobiliaria de confianza y calidad, con más de 15 años de experiencia y más de 11.000 operaciones gestionadas. Si quieres vender tu piso a buen precio y en poco tiempo, te invitamos a ponerte en contacto con nosotros. Puedes hacerlo por teléfono o vía correo electrónico. Será un placer atenderte. 




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