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¿En qué consiste el usufructo de un inmueble?



En el ámbito de las herencias de la vivienda familiar existen un amplio abanico de términos y conceptos que resulta de especial interés. Una de las cuestiones más habituales tiene que ver con el usufructo de un inmueble. El usufructuario está obligado al cumplimiento de una serie de deberes, como la conservación de la vivienda.

Al mismo tiempo, tiene una serie de derechos de los que puede disfrutar, como la posibilidad de disponer del inmueble tal y como desee. En este caso concreto, el propietario mantiene la nuda propiedad que, unida al usufructo, forma la propiedad plena de la vivienda en cuestión.

En líneas generales, el derecho de usufructo permite al usufructuario utilizar un bien, mueble o inmueble, sin ser el propietario.

¿Qué es el usufructo de un inmueble?

El usufructo limita en gran medida el dominio total del propietario en favor de ceder una parte a un beneficiario. El beneficiario, del mismo modo que el dueño, cuenta con ciertos derechos que le permiten disfrutar del bien, aunque no puede disponer de él en su totalidad. Por lo tanto, el usufructuario no puede reducir el valor de la vivienda o venderla. Para llevar a cabo este tipo de operaciones es condición indispensable contar con el consentimiento del propietario.

En cuanto a los bienes inmuebles, las obligaciones del usufructuario son las siguientes. En primer lugar, cuidar la vivienda y darle un uso normal. En segundo lugar, hacerse cargo de los gastos de mantenimiento, conservación y reparaciones necesarias.

Además, tiene que comunicar al propietario cualquier tipo de reparación de carácter urgente que deba abonar. Y, por último, debe pagar los impuestos que graven el uso de la vivienda, como el IBI.

Tipos de usufructo

Cuando se habla de usufructo se pueden diferenciar dos tipos en función de la duración: temporal y vitalicio.

  • Usufructo vitalicio: tal y como su propio nombre señala, el propietario de la vivienda traspasa el derecho al usufructuario de manera vitalicia, durante toda la vida. La extinción se produce en el momento del fallecimiento. Esto es lo que sucede cuando una persona le otorga a su cónyuge la posibilidad de acceder a parte o a todos sus bienes.
  • Usufructo temporal: en cuanto al usufructo temporal, es aquel que tiene un límite de tiempo. Por lo tanto, el usufructuario solo puede disfrutar del inmueble durante un determinado periodo de tiempo, pero no de forma indefinida.

Más allá del periodo temporal, también existen otras clasificaciones en relación al usufructo. Hay distintos tipos en función del bien.

El usufructo más habitual es el de la vivienda, que permite a un usufructuario disfrutar del inmueble, ya sea viviendo en el inmueble o alquilándolo y obteniendo una renta. Una vez establecido formalmente el usufructo, el beneficiario puede decidir qué desea hacer con el piso. Para alquilarlo no tiene que contar con la aprobación del propietario, aunque sí para venderlo.

También existe el usufructo sobre el dinero, más concretamente aquel que se encuentra registrado en una determinada entidad bancaria. En este caso concreto, el usuario puede disfrutar de parte o la totalidad de la cuantía, además de los intereses generados. Si se trata de un usufructo temporal del dinero, el beneficiario tiene que devolver el dinero una vez finaliza el plazo de concesión.

Otro de los tipos de usufructo existentes es aquel que se establece sobre las acciones de una determinada sociedad corporativa. De esta manera, el usufructuario puede contar con todas las ganancias de la compañía que se hayan acordado con anterioridad. Es importante destacar que en este caso concreto el usufructuario no es socio de la empresa.

 




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