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Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. ¿Qué es y cómo funciona?



Es posible que hayas escuchado algo sobre el Impuesto de transmisiones patrimoniales, pero ¿sabes lo qué es y cómo funciona? A la hora de vender un piso existen muchos impuestos que nunca habíamos escuchado pero que debemos tener en cuenta y conocerlos. Es por eso por lo que siempre es imprescindible contar con la ayuda de un agente inmobiliario, para que se agilice el proceso y resulte lo más fácil posible. Este agente será el encargado de resolver todas tus dudas y de ayudarte a gestionar todo el papeleo.

De todas formas, a continuación, vamos a hablar del impuesto de transmisiones patrimoniales para que puedas saber de primera mano qué es y cómo funciona. ¡No te lo pierdas!

 

 

¿Para qué sirve el impuesto de transmisiones patrimoniales?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un impuesto que se ha fijado con el fin de gravar todas las transmisiones de bienes o derechos de un titular a otro a cambio de un precio. Es decir, para fijar la compra de forma totalmente legal, siempre y cuando sea de segunda mano. Eso sí, se debe tener en cuenta que este tipo de impuesto no solo sirve para la compraventa de viviendas. Además, es un impuesto que se realiza en algunos objetos. ¿En qué situaciones se requiere este impuesto de transmisiones patrimoniales?

Transmisiones patrimoniales onerosas

En este caso se trata de la compraventa de objetos como, por ejemplo, viviendas o coches.

Operaciones societarias

Como, por ejemplo, los aumentos y disminuciones de capital, escisiones o disoluciones de sociedades o fusiones. Se aplicará el impuesto siempre y cuando sean sociedades que estén ubicadas en territorio español y que se opere en el mismo país.

Actos jurídicos documentados

Los actos jurídicos documentados son, entre otras, las escrituras, actas, documentos notariales, letras de cambio o anotaciones preventivas en los Registros Públicos, entre otros, que se ejecuten o tengan efecto en España.

Es importante no confundir este impuesto con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que es precisamente el caso contrario. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones trata de transmisiones gratuitas, mientras que el de Transmisiones Patrimoniales se usa para operaciones que tienen algún cargo de por medio y que no son gratuitas.

 

¿Quién se hace cargo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Se denomina sujeto pasivo a la persona que debe hacerse cargo de este impuesto, pero, en el caso de la compraventa de un inmueble. Entonces, ¿quién se hace cargo? En este caso, se hace cargo la persona que adquiere la vivienda. Es decir, el comprador, el cual será la persona interesada en la vivienda y, por tanto, la que tenga que hacer frente al pago de dicho impuesto. Si se trata de operaciones societarias, será la misma sociedad, o los socios, los que tengan que pagar dicho impuesto.

El Estado, la Iglesia Católica, las Reales Academias, los partidos políticos, la Cruz Roja y la ONCE estarán exentos de tener que realizar este impuesto de transmisiones.

 

¿Cuándo hay que abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El pago de este impuesto se debe realizar el mismo día en el que se produce la venta y se firma el contrato. Es decir, será en el momento de formalizar la compraventa cuando se tendrá que pagar esta tributación. En caso de que el contrato tuviese algunas condiciones o limitaciones, se podría posponer el pago hasta que se cumplan las condiciones o desaparezcan las limitaciones que se han estipulado.

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un impuesto que, realmente, no se suele conocer muy bien. No obstante, es necesario conocerlo y saber que siempre está presente en la venta de inmuebles de segunda mano. ¿Lo sabías antes de que te lo dijéramos?

Recuerda que la ayuda de un agente inmobiliario con experiencia puede ser fundamental para que toda la transacción salga bien. Así que no dudes en acudir a un especialista en inmuebles para realizar la venta de tu vivienda. ¡Será mucho más fácil y mucho más rápido si lo haces a través de un asesor inmobiliario!




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